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  FACULTADES / INGENIERIAS
 
  CURSO DE ESPECIALIZACIÓN
  DEL AGENTE INMOBILIARIO
 
 
 
 
SANCIÓN ADMINISTRATIVA AL AGENTE INMOBILIARIO

Confiérese facultad sancionadora al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fin de que aplique las sanciones administrativas a los Agentes Inmobiliarios que incurran en las infracciones contenidas en el artículo 8°.
Las sanciones administrativas, según la gravedad del caso, puede ser:
  • Amonestación escrita.
  • Multa hasta por la suma equivalente a cinco (5) unidades impositivas tributarias.
  • Suspensión hasta por un año de la licencia de agente inmobiliario
  • Cancelación definitiva de la licencia de agente inmobiliario.

 

 

 
 
 
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